El impuesto sobre las ventas de Rhode Island en sus facturas

En Rhode Island, el contratista paga el impuesto sobre sus materiales como consumidor. Como minorista, lo agrega a la factura y nunca puede ofrecer absorberlo.

Tasa estatal

7%

En Rhode Island (RI), el contratista es el consumidor de sus materiales y les paga el impuesto sobre las ventas a sus proveedores. Usted pasa a ser minorista, y agrega el impuesto a su factura, cuando vende materiales a un precio acordado y cobra su servicio por separado, cuando se dedica a vender esos materiales al por menor, o cuando vende unidades completas de equipo estándar igual que otros minoristas y las instala.

Contratos de construcción: usted es el consumidor

El reglamento de Rhode Island para contratistas abarca a contratistas y subcontratistas de todo tipo, entre ellos los de electricidad, plomería, calefacción, aire acondicionado, techos y paisajismo. En un contrato para reparar, alterar, mejorar, remodelar o construir un inmueble, usted paga el impuesto como consumidor sobre todos los materiales, suministros, herramientas y equipos que usa, incluidos los alquileres y las piezas de repuesto. Esto se aplica a un contrato a precio global, a un contrato de costo más honorarios (cost-plus), a un contrato por tiempo y materiales con un precio máximo o garantizado que no se puede superar, o a cualquier otro contrato de construcción.

  • Paisajistas: la guía para contratistas de la Division of Taxation (la división de impuestos del estado) trata a los paisajistas como contratistas. Los materiales de jardinería y paisajismo están gravados sin importar quién los compre, y como los paisajistas normalmente no venden materiales sin instalarlos, no pueden comprarlos con un certificado de reventa.
  • Clientes exentos: si construye para el gobierno federal, cualquier estado, una ciudad, un pueblo u otra subdivisión política, un hospital o una institución educativa sin fines de lucro, una iglesia, un orfanato u otra organización que funcione exclusivamente con fines religiosos o benéficos, puede comprar libres de impuesto los materiales y suministros esenciales para el proyecto, y utilizados en su construcción, con un Contractor’s Exempt Purchase Certificate (el certificado de compras exentas para contratistas), con registros que muestren su uso. Un cliente sin fines de lucro debe tener un Certificate of Exemption de Rhode Island (el certificado de exención) emitido por la Division of Taxation, y usted lo adjunta a su certificado. Las herramientas y los equipos siguen gravados.

Cuándo es usted minorista

Usted es minorista cuando su contrato vende materiales o suministros a un precio acordado y su servicio por un precio adicional acordado o según el tiempo que lleve, o cuando se dedica a vender esos materiales al por menor. En ese caso necesita el permiso gratuito del tax administrator (el administrador de impuestos del estado) para hacer ventas al por menor en cada establecimiento, que se renueva para el período del 1 de julio al 30 de junio. Entréguele a su proveedor un certificado de reventa con su número de permiso, cobre el impuesto a su cliente y páguelo al tax administrator.

Cuando vende una unidad completa de equipo estándar igual que otros minoristas y la instala, sin más fabricación, solo instalándola, ensamblándola, aplicándola o conectándola, el trabajo tampoco se considera una mejora de un inmueble; los ejemplos del reglamento son un toldo o una persiana que su minorista vende y cuelga, y los artefactos eléctricos que una tienda de electricidad vende e instala. Rhode Island grava solo el precio de venta al por menor de esos bienes, así que muéstrelo aparte de su cargo por instalación. Sin esa separación, según la guía de la división, todo el cargo está gravado.

Si fabrica artículos y los instala para otro contratista, el reglamento y los ejemplos de la guía de la división no coinciden; consulte con la división.

Reparaciones y servicios

Quien repara bienes, como maquinaria, refrigeradores o muebles, es minorista de las piezas y los materiales que suministra cuando su valor es considerable en comparación con el cargo total. Separe su precio justo de venta al por menor de su mano de obra en sus facturas y registros: la mano de obra que se muestra por separado no está gravada, pero sin esa separación se presume que todo el cargo es el precio de los bienes. Debe separarlos cuando un cliente lo pida. Cuando las piezas tienen poco valor en comparación con la mano de obra y usted no las cobra por separado, usted es su consumidor.

Los “servicios” gravables de Rhode Island forman una lista breve en R.I. Gen. Laws § 44-18-7.3 (una sección de las leyes generales del estado), como los taxis, el cuidado de mascotas que no sea atención veterinaria, los servicios de vigilancia y el estacionamiento por períodos cortos. La construcción, las reparaciones, la limpieza y el cuidado del césped no están en ella.

Su factura: agregue el impuesto y nunca prometa absorberlo

Cuando vende como minorista, la ley de Rhode Island le exige agregar el impuesto al precio de venta; una vez agregado, forma parte del precio y es una deuda que su cliente tiene con usted. R.I. Gen. Laws § 44-19-9 declara ilegal anunciar o decirle al público o a un cliente, directa o indirectamente, que usted asumirá o absorberá el impuesto o que no lo agregará al precio. En un aviso (advisory) sobre el estacionamiento por períodos cortos, la Division of Taxation señala además que, como en todas las ventas al por menor, los recibos deberían mostrar el impuesto sobre las ventas como una línea aparte.

En la guía para contratistas de la división, un contratista que actúa como minorista factura una terraza (deck) como $12,000 de materiales y $15,000 de mano de obra, y el impuesto se aplica solo a los $12,000. Cuando usted es el consumidor, el impuesto es el que les pagó a sus proveedores: el reglamento le pide cobrarle el impuesto a su cliente solo cuando actúa como minorista, así que no ponga la línea de impuesto.

Dos puntos de atención

Dos reglas suelen tomar por sorpresa a los contratistas:

  • Materiales comprados fuera del estado: usted debe el impuesto sobre el uso de Rhode Island sobre su costo o, si se le cobró correctamente el impuesto de otro estado a una tasa más baja, la diferencia.
  • Contratistas no residentes: si usted no tiene un establecimiento habitual en Rhode Island (una oficina temporal en la obra no cuenta), quien le adjudique allí un contrato de construcción debe retener el 3% del precio del contrato para garantizar el pago del impuesto sobre las ventas y el uso, o del impuesto sobre la renta retenido, que pudiera deberse.
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